Conceptualización y reglamentación del examen de suficiencia para estudiantes de posgrado

La siguiente tabla presenta las fechas para la presentación del examen de suficiencia para el semestre en curso.
| EXAMEN DE SUFICIENCIA POSGRADOS | |||
| Fecha límite para recepción de solicitudes | Fecha de presentación del examen | Horario
(sesión) |
Fecha de entrega de resultados |
| Febrero 20 | Febrero 27 | Sesión 1: 8:30 a. m. a 10:30 a. m.
Sesión 2: 2:00 p. m. a 4:00 p. m. |
Marzo 13 |
| Marzo 20 | Marzo 27 | Sesión 1: 8:30 a. m. a 10:30 a. m.
Sesión 2: 2:00 p. m. a 4:00 p. m. |
Abril 10 |
| Abril 17 | Abril 24 | Sesión 1: 8:30 a. m. a 10:30 a. m.
Sesión 2: 2:00 a 4:00 |
Mayo 15 |
| Mayo 22 | Mayo 29 | Sesión 1: 8:30 a. m. a 10:30 a. m.
Sesión 2: 2:00 p. m. a 4:00 p. m. |
Junio 5 |
Si usted es programado para tomar el examen de suficiencia para una fecha y hora específica y no asiste, deberá cumplir nuevamente con todo el proceso de solicitud que incluye el pago del valor de la prueba y esperar a ser reprogramado considerando los protocolos administrativos del Centro de Idiomas. La programación para cada una de las jornadas se hará respetando el orden de llegada de cada solicitud. Se programarán 20 estudiantes en cada uno de los horarios habilitados. Si usted no alcanza a ser programado en la fecha solicitada por falta de cupos, quedará inscrito automáticamente en uno de los horarios de la siguiente jornada.
Guarde el recibo, se le solicitará.

4. Diligencie este formulario y aloje el soporte de pago en la sección correspondiente. Tenga presente que para tener acceso a este formulario debe tener el usuario institucional @correo.itm.edu.co activo en su navegador. También puede copiar el enlace y pegarlo en una ventana de incógnito, allí se le solicitará el correo y la contraseña institucional.
Proceder con fraude o intento de fraude en actividades evaluativas; y se tipifican éstos, por el hecho de copiar o tratar de copiar, usar o intentar usar cualquier información no autorizada por el profesor, o cooperar para que otros lo hagan, en el desarrollo de exámenes u otras actividades evaluativas. Se tipifica igualmente el fraude por sustracción de cuestionarios que van a ser usados en la realización de pruebas evaluativas, por enterarse previamente, por cualquier medio de su contenido.
Es una particular modalidad de fraude, la suplantación, que consiste en sustituir actividades evaluativas, así como la falsificación o cualquier otra forma de falsedad documental, o en permitir, propiciar o aprovecharse de la sustitución o de la falsedad.
Para los efectos previstos en este artículo, se entiende por actividad evaluativa todo el proceso de evaluación, desde la preparación del tema hasta la revisión final de la prueba.
En caso de fraude, el examen será de inmediato anulado por el docente encargado, el candidato será eliminado del proceso y se aplicará la normativa estipulada en el Reglamento Estudiantil: Artículo 141°, Sanciones.
El Departamento de Idiomas enviará un memorando a los correos electrónicos de los estudiantes con los resultados obtenidos por las personas que asistieron a la sesión evaluativa. El memorando relacionará el número de identificación, el estado (APROBADO – REPROBADO) y la nota cuantitativa de cada estudiante. Previamente al envío de los resultados, el Departamento de Idiomas habrá registrado el cumplimiento de requisito en el aplicativo SIA únicamente en los casos en que el examen sea aprobado. Corresponderá al estudiante cumplir con los demás requisitos para poder aspirar a grado.
Interpretación y Traducción Lengua de Señas Colombiana – Español
2026-1
El pregrado Interpretación y traducción LSC – español (ITLSCE) cuenta con un componente de asignaturas para la adquisición de Lengua de Señas Colombiana como lengua adicional, que van desde LSC I hasta LSC V. Aquellos estudiantes que consideran poseer competencia o suficiencia en esta lengua y deseen hacer un reconocimiento pueden hacerlo a través de un examen que valide sus competencias.
En este apartado se describen las características y procedimientos atenientes a la evaluación de desempeño lingüístico-comunicativo en Lengua de Señas Colombiana de los estudiantes del programa ITLSCE. El documento incluye indicaciones precisas sobre los requisitos de acceso a los exámenes de suficiencia, y acreditación (literales A y B), fechas y el procedimiento de solicitud.
Lea cuidadosamente la información y asegúrese de realizar el procedimiento al momento de presentar su solicitud; de lo contrario, no será posible atenderla.
A. Descripción del examen de acreditación en LSC
Artículo 23°. Examen de acreditación institucional de competencia lingüística
El examen de acreditación institucional de competencia lingüística podrá ser presentado por aquellos estudiantes que deseen aprobar el total de asignaturas del área de lengua adicional dentro de su plan de estudios. Para efectos de registro del cumplimiento de requisito en las plataformas institucionales, los resultados tendrán una validez de dos años a partir de la fecha de presentación del examen.
Parágrafo 1°. Para tomar este examen es necesario que el estudiante haya cursado y aprobado al menos un período académico.
Parágrafo 2°. Este examen acredita las competencias lingüísticas de las asignaturas que componen el área de lengua adicional [Lengua de Señas Colombiana], establecidas como requisito de grado en el plan de estudios en el programa ITLSCE.
Parágrafo 3°. La presentación de este examen será facultativa y se aplicará ante solicitud presentada al programa ITLSCE, quien se encargará de determinar el cumplimiento de los requisitos habilitantes para emitir visto bueno.
Parágrafo 4°. Este examen será valorado con un concepto de Aprobado o Reprobado y será calificado con una nota cuantitativa en una escala de cero (0) a cien (100), siendo setenta (70) la nota mínima aprobatoria. Para efectos de registro de notas en el sistema y acudiendo al concepto de derecho de favorabilidad, se asignará la nota cuantitativa de cinco (5.0) para cada una de las asignaturas que conforman el componente de Lengua de Señas Colombiana y que no hayan sido aprobadas a la fecha de la presentación del examen. En caso de reprobación, no habrá ningún registro en la hoja de vida académica de los aspirantes.
Parágrafo 5°. En caso de inasistencia a la presentación del examen de acreditación, el estudiante deberá cumplir nuevamente con el proceso de solicitud en una próxima aspiración.
B. Descripción del examen de suficiencia
Capítulo XIII. Artículo 93°, Examen de suficiencia. El estudiante debidamente matriculado, que haya cursado y aprobado al menos un período académico completo, tendrá derecho a solicitar que se le permita presentar examen de suficiencia, hasta en tres (3) áreas durante toda la carrera, por una sola vez. No podrá autorizarse examen de suficiencia respecto de asignaturas cursadas y no aprobadas o de asignaturas en curso.
Parágrafo 1°. – Prerrequisitos para examen de suficiencia. Para acreditar suficiencia en cualquier asignatura, es necesario haber aprobado las señaladas como prerrequisito de ella.
Parágrafo 2°. – Forma del examen de suficiencia. La suficiencia por área se debe presentar por asignaturas contempladas en el pénsum. El examen de suficiencia constará de una prueba oral y otra escrita, practicadas y evaluadas por tres profesores de la especialidad.
La calificación definitiva será el promedio aritmético de ambas pruebas, el cual no podrá ser inferior a cuatro punto cero (4.0) para que se considere aprobada.
Parágrafo 3°- Pérdida del examen de suficiencia. En caso de pérdida del examen de suficiencia, no habrá derecho a habilitación y la asignatura se considera dentro del régimen de las asignaturas perdidas en el período académico en el que se encuentre matriculado el estudiante al momento de la presentación.

C. Metodología y programación de ambos exámenes
| HABILIDAD | MODALIDAD |
| Comprensión | Remoto sincrónica |
| Producción | |
| Interacción | |
| Mediación |
Charla informativa
La charla informativa es un espacio sincrónico a través de la plataforma Microsoft Teams en el que se brinda información a los estudiantes interesados en presentar tanto el examen de suficiencia como el de acreditación. El espacio tiene los siguientes objetivos:
Durante la charla se desarrollarán las siguientes temáticas:
Fecha de la charla informativa 2026-1
| Fecha | Hora |
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Sábado, 11 de abril de 2026 |
10:00 a 12:00 m. |
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Miércoles, 15 de abril de 2026 |
6:30 a 8:30 p.m. |
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La tercera fecha de la charla informativa se programará entre la semana del 27 de abril al 2 de mayo. |
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Calendario
La siguiente tabla contiene las fechas para la presentación del Examen de Suficiencia y de Acreditación.
| EXAMEN INSTITUCIONAL SEMESTRE ACADÉMICO 2026-1 | |||
| Fecha límite para recepción de solicitudes | Fecha y lugar de presentación del examen | Horario | Fecha de entrega de resultados |
| Lunes, 21 de abril de 2026 | Jueves, 30 de abril de 2026
Teams |
Sesión 1: 8:00 a. m. a 12:00 m
Sesión 2: 2:00 p. m. a 6:00 p. m.
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En 15 días hábiles |
| Lunes, 4 de mayo de 2026 | Sábado, 9 de mayo de 2026,
Teams |
Sesión 1: 8:00 a. m. a 12:00 m
Sesión 2: 2:00 p. m. a 6:00 p. m.
|
En 15 días hábiles |
Tabla. 2. Programación Examen de Suficiencia
Si usted es programado para la presentación de alguno de estos exámenes en una fecha y hora específica, pero no asiste, deberá cumplir con todo el proceso de solicitud nuevamente, incluyendo el pago del valor del examen, en una próxima aspiración, si así lo requiere.
Entrega de resultados
Para la notificación de resultados, el programa ITLSCE enviará un correo electrónico a los estudiantes que presentaron la prueba. Posteriormente, se hará el registro en el Sistema de Información Académico (SIA). El estudiante debe consultar directamente en el sistema la actualización de este registro.

Orientaciones para el día de la presentación de los exámenes
Artículo 139°. – Conductas que atentan contra el orden académico. Proceder con fraude o intento de fraude en actividades evaluativas; y se tipifican éstos, por el hecho de copiar o tratar de copiar, usar o intentar usar cualquier información no autorizada por el profesor, o cooperar para que otros lo hagan, en el desarrollo de exámenes u otras actividades evaluativas. Se tipifica igualmente el fraude por sustracción de cuestionarios que van a ser usados en la realización de pruebas evaluativas, por enterarse previamente, por cualquier medio de su contenido.
Es una particular modalidad de fraude, la suplantación, que consiste en sustituir actividades evaluativas, así como la falsificación o cualquier otra forma de falsedad documental, o en permitir, propiciar o aprovecharse de la sustitución o de la falsedad.
Para los efectos previstos en este artículo, se entiende por actividad evaluativa todo el proceso de evaluación, desde la preparación del tema hasta la revisión final de la prueba.
En caso de fraude, el examen será anulado de inmediato por el docente encargado, el candidato será eliminado del proceso y se aplicará la normativa estipulada en el Reglamento Estudiantil: Artículo 141°. Sanciones.







