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Convocatoria para la Decanatura de la Facultad de Ingenierías

10 de enero de 2025 Comunicados oficiales

EL RECTOR DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO – INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA, en uso de sus atribuciones legales. estatutarias y con sujeción a lo dispuesto en los Acuerdos 004 de 2011, Capítulo VI, articulo 20 y siguientes, Acuerdo 020 del 2013 y,

CONSIDERANDO:

 Que en virtud del Artículo 28 de la Ley 30 de 1992, se reconoce a las universidades el derecho a designar sus autoridades académicas y administrativas dentro de los marcos legales propios y nacionales, en el ejercicio de la autonomía universitaria.

Que los (las) Decanos (as), de acuerdo con el Artículo 37 del Estatuto General del ITM, serán de libre nombramiento y remoción del representante legal en su calidad de nominador de la Institución, y su designación se realizará de terna que proponga el Consejo Directivo, previa convocatoria que se lleve a cabo.

Que, en el Instituto Tecnológico Metropolitano – ITM, el (la) decano (a) es el líder y máxima autoridad académica y administrativa  de la Facultad, representando al Rector (a) en la misma y, según el Artículo 34 del Acuerdo 004 de 2011, debe ejercer las funciones y responsabilidades señaladas en la Ley, los Decretos, el Manual de Funciones y Responsabilidades adoptado por la Institución, las contenidas en el Estatuto General de la Institución y en las demás disposiciones que las modifiquen o las complementen.

Que el Plan de Desarrollo “ITM hacia una era de universidad y humanidad” 2022 – 2025 se ejecuta mediante la formulación de planes de acción anuales, llevados a cabo por los distintos procesos institucionales.

Que la Línea estratégica 6 “Innovación administrativa al servicio de la academia” establece como objetivo fortalecer los procesos institucionales, hacia una gestión por resultados, a través de la consolidación de capacidades que propicien la mejora de la cultura del servicio, la transparencia, la corresponsabilidad, bajo un direccionamiento estratégico fundamentado en el desarrollo sostenible que posicione al ITM y sus servicios, en el marco de la normativa vigente.

Que en la planta de personal del Instituto Tecnológico Metropolitano existe la plaza de Decano (a) para la Facultad de Ingenierías

 Que para la correcta ejecución del plan de desarrollo institucional se requieren que las propuestas de gestión presentadas por los decanos apunten al cumplimiento de los programas y proyectos del plan.

Que el Artículo 38 del Estatuto General indica que será el Rector quien proceda al nombramiento del decano (a) previa integración de la terna por parte del Consejo Directivo; sin embargo, en el evento en que, agotado el trámite establecido, no se logre conformar la terna de candidatos para el cargo de Decano (a) por parte del Consejo Directivo, el Rector podrá proceder al nombramiento del mismo de manera directa, sin necesidad de nueva convocatoria, velando por el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Acuerdo 004 de 2011.

Que el Rector del Instituto Tecnológico Metropolitano-ITM en uso de sus facultades y considerando la importancia de este proceso, acatando todas las disposiciones legales antes citadas, se permite convocar y señalar el proceso, para la elección del Decano (a) de las Facultad de Ingenierías.

En mérito a lo expuesto,

RESUELVE:

 ARTÍCULO 1º. CONVOCATORIA. Convocar a todas las personas naturales que consideren que cumplen con los requisitos establecidos para tal fin, para participar en la provisión del empleo de decano (a) de las facultades de Ingenierías del Instituto Tecnológico Metropolitano – ITM, cargo de libre nombramiento y remoción, de acuerdo con los procedimientos y normas que se establecen en el Manual de Funciones que se adjunta a la presente convocatoria como Anexo #1:

 

Fecha de publicación 13 de enero de 2025
Convocatoria No. 001 de 2025
Medios de divulgación  Página WEB (www.itm.edu.co)
Salario $ 15.691.113

Artículo 2º. –   Aprobar, conforme lo establecido en el artículo 38 del Estatuto General, el siguiente calendario:

ACTIVIDAD FECHA
PRIMERA ETAPA
Apertura de convocatoria 13 de enero de 2025
Divulgación de la convocatoria en página WEB y medios de comunicación Entre el 23 de enero y el 14 de marzo de 2025
 

Inscripción de candidatos ante la Secretaria General del ITM, al correo electrónico inscripcioncandidato@itm.edu.co,  junto con el diligenciamiento de los formatos #1, #2 y #3

Desde las 00:00 horas del 20 de enero hasta las 23:59 horas del 29 de enero de 2025
Publicación del comunicado de los inscritos. 30 de enero de 2025
SEGUNDA ETAPA
Verificación del cumplimiento de los requisitos. Del 31 de enero hasta el 04 de febrero de 2025
Publicación de candidatos que cumplen requisitos. 05 de febrero de 2025
TERCERA ETAPA
Reclamaciones, debidamente sustentadas, de los participantes no admitidos, al correo electrónico: reclamaciones@itm.edu.co, ante el

Comité de Garantías.

Desde las 00:00 horas del 06 de febrero, hasta 11:59 horas de 08 de febrero de 2025
Respuesta a reclamaciones al correo electrónico de los aspirantes

interesados.

12 de febrero de 2025
Publicación de la lista definitiva de candidatos que cumplen con los

requisitos establecidos por la convocatoria.

12 de febrero de 2025
CUARTA ETAPA
Sustentación de las propuestas de gestión ante Consejo Directivo Entre el 25 de febrero y el 14 de marzo de 2025
Elección de la terna por el Consejo Directivo Entre el 25 de febrero y el 14 de marzo de 2025
Entrevista o elección de los candidatos de la terna por parte del Rector Entre el 25 de febrero y el 14 de marzo de 2025

PARÁGRAFO 1. Dependiendo del número de candidatos habilitados, se programará la sustentación de las propuestas de gestión, previa concertación con los integrantes del Consejo Directivo.  La fecha y hora de dicha sustentación se estarán publicando en la página WEB del ITM y se notificarán al correo electrónico suministrado por cada candidato habilitado, con tres días (03) calendario como mínimo, antes de la sesión del Consejo Directivo asignada.

PARÁGRAFO 2. La convocatoria se realizará por etapas y, de acuerdo con el número de participantes, las fechas establecidas, si se requiere, podrán ser ajustadas para desarrollar de manera adecuada el proceso referido.

ARTÍCULO 3°. CALIDADES Y REQUISITOS PARA SER DECANO (A) EN EL ITM. De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto General, los aspirantes de la convocatoria deben acreditar, al momento de la inscripción, las calidades y requisitos señalados en el artículo 35, así:

  1. 1. Ser ciudadano colombiano en ejercicio.
  2. 2. No haber sido condenado por hechos punibles salvo por delitos culposos.
  3. 3. No haber sido sancionado en el ejercicio de su profesión ni disciplinariamente por faltas graves dolosas o gravísimas
  4. 4. Poseer título profesional en el área específica de los programas de la Facultad donde se encuentra la vacante
  5. 5. Contar con título de posgrado.
  6. 6. Acreditar cinco (5) años de docencia en educación superior o de experiencia en dirección académica o administrativa en instituciones de educación superior.
  7. 7. Certificar trayectoria investigativa.
  8. 8. Anexar propuesta de gestión.

 PARÁGRAFO ÚNICO. Los aspirantes, al momento de la inscripción, deberán hacer llegar, diligenciados, los formatos establecidos en la presente convocatoria y que se publican junto con el presente acto administrativo en la página WEB del Instituto Tecnológico Metropolitano – ITM.

ARTÍCULO 3º. LISTA DE INSCRITOS. Previa verificación del cumplimiento de requisitos de los aspirantes inscritos, la Secretaría General dará a conocer la lista de los aspirantes inscritos, de acuerdo con el cronograma establecido en la presente resolución.

ARTÍCULO 4°. COMITÉ DE GARANTÍAS. Para la elección de la terna a la que se refiere el artículo 38 del Estatuto General, el Comité de Garantías estará integrado por la Jefe del Departamento de Personal, el Vicerrector Administrativo y Financiero y con el apoyo de la Secretaría General de la Institución; este Comité velará por el cumplimiento estricto del procedimiento que aquí se establece y será el encargado de resolver las reclamaciones que se presenten dentro de los términos establecidos en el cronograma.

ARTÍCULO 5º. RECLAMACIONES. Las reclamaciones que se formulen, frente a la lista de candidatos que cumple requisitos y que se publique, de acuerdo al cronograma establecido, se presentarán al correo electrónico: reclamaciones@itm.edu.co, con la siguiente información: funcionario al que se dirige, objeto de la reclamación, razones que la sustentan y las pruebas que apoyan la reclamación.

 ARTÍCULO 6º. LISTA DEFINITIVA DE ASPIRANTES. Dentro de los ocho (8) días siguientes a la publicación en la WEB de los candidatos que cumplen los requisitos, la Secretaría General enviará a los miembros del Consejo Directivo el informe de los candidatos que se encuentran en la lista definitiva, con su correspondiente expediente compuesto por: la inscripción (formato #1), el resumen de la hoja de vida (formato #2) y la propuesta de gestión (formato #3).

ARTÍCULO 7º. SUSTENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. De acuerdo a lo establecido en el artículo 38 del Estatuto General, “el Rector convocará al Consejo Directivo para escuchar la sustentación de la propuesta de gestión de los candidatos admitidos. Una vez escuchadas las exposiciones de los mismos se procederá a votar para conformar la terna de candidatos del cargo de decano a proveer. Cada miembro del Consejo Directivo tendrá en cuenta los méritos académicos, la trayectoria administrativa, profesional, investigativa, de dirección y la viabilidad, coherencia y pertinencia de la propuesta de gestión”

PARÁGRAFO ÚNICO. Conforme lo dispuesto en el Acuerdo No 20 de 2013, en el evento en que, agotado el trámite establecido en el presente acto administrativo, no se logre conformar la terna de candidatos para el cargo de Decano (a), por parte del Consejo Directivo, el Rector podrá proceder al nombramiento del mismo de manera directa, sin necesidad de nueva convocatoria, velando por el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Estatuto General.

ARTÍCULO 8º. CONFORMACIÓN DE LA TERNA. La terna que integre el Consejo Directivo, tendrá vigencia de un año a partir del nombramiento del Decano (a) por parte del Rector; en caso de declinación del candidato nombrado o de presentarse inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente, el Rector procederá al nombramiento de uno de los dos candidatos que fueron ternados.

ARTÍCULO 9º. ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN. La Secretaria General, con el apoyo de los miembros del Comité de Garantías, será la unidad responsable de la organización y dirección de todo lo relacionado con la convocatoria referida.

ARTÍCULO 10º. NORMA REGULADORA. El presente acto administrativo es norma reguladora de la presente convocatoria y obliga al Instituto como a los participantes. La convocatoria se hará con sujeción a lo establecido en el Acuerdo 04 de 2011, Estatuto General, modificado por el Acuerdo 20 de 2013.

Artículo 11º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Artículo 12º. Contra la presente decisión no procede ningún recurso de ley. 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Formato #1 Inscripción

Formato #2 Inscripción

Formato # 3 Modelo propuesta de gestión

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