¿Qué es la Política de Gratuidad del Ministerio de Educación?
La Política de Gratuidad del Gobierno Nacional permite a los estudiantes de pregrado de instituciones públicas acceder, sin costo, al pago de los Derechos de Matrícula. Aplica para programas técnicos, tecnológicos y profesionales.
Este programa NO INCLUYE conceptos o pagos relacionados con Derechos Complementarios ni otros derechos, como cursos intersemestrales o grados.
En el Instituto Tecnológico Metropolitano (ITM), los derechos complementarios establecidos son los siguientes:
- Estudiantes nuevos o admitidos (transferencias internar y externas): Carné + Seguro
- Estudiantes antiguos o admitidos mismo programa académico: Seguro
Requisitos para acceder o renovar el beneficio
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- Estar matriculado(a) en un programa de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario) en alguna de las Instituciones de Educación Superior públicas relacionadas en el Reglamento Operativo y registrado en SNIES.
- No tener título profesional universitario.
- Demostrar la pertenencia a alguno de los siguientes grupos:
- El estrato socioeconómico de acuerdo con el recibo de servicio público del núcleo familiar del estudiante.
- La pertenencia al SISBÉN y a la población víctima del conflicto directamente con los registros administrativos dispuestos para tal fin por parte del Departamento Nacional de Planeación y el Registro Único de Víctimas de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas -UARIV, respectivamente.
- Las poblaciones indígenas, Rrom, comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, mediante certificado expedido por el Ministerio del Interior.
- La población en condición de discapacidad mediante certificado expedido por el Ministerio de Salud.
- Las comunidades campesinas mediante la presentación del diploma de bachiller otorgado por una institución educativa ubicada en una zona rural del país clasificado por el Directorio Único Educativo -DUE.
- La población privada de la libertad, mediante la certificación expedida por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC.
Impedimentos para acceder o mantener el beneficio
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- Cuando el beneficiario(a) haya accedido a la Política de Gratuidad en la Matrícula con información no veraz o con documentos adulterados.
- Cuando pierda la condición de estudiante de acuerdo con los reglamentos internos de las IES, la cual deberá informarlo al Ministerio de Educación Nacional a través de la plantilla de caracterización.
- Obtener un título de profesional universitario.
- Por cumplimiento de la duración máxima del beneficio, es decir, consumir la totalidad de los períodos asignados según el programa académico.
- Por fallecimiento del estudiante.
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Elementos clave de la política
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- Duración del beneficio: Se calcula según semestres estipulados para finalizar el programa. Se otorgan un (1) semestre de rezago para formación técnica y tecnología y, hasta dos (2) periodos de rezago para formación profesional. En caso de ir avanzando en los niveles de educación, se van ampliando el número de semestres a financiar según el programa académico. Es decir, si culminó los seis semestres dados para su formación tecnológica y es admitido en un programa para formación profesional, le asignan tres (3) o cuatro (4) semestres adicionales para culminar sus estudios, más los dos (2) semestres de regazo.
- Renovación: Es automática si el estudiante sigue matriculado y cumple los requisitos.
- Cobertura: Aplica solo al valor de los Derechos de Matrícula ordinaria; los Derechos Complementarios deben ser asumidos por el estudiante.
- Responsabilidades del estudiante: Proveer información veraz, asistir a espacios de acompañamiento académico, y cumplir con normativas institucionales.
- Financia solo un programa académico a la vez: En el caso que un(a) estudiante cumpla los requisitos de acceso a la Política de Gratuidad en la Matrícula y esté matriculado(a) en más de un programa académico, el beneficio se asignará para el programa académico que tenga el mayor valor de matrícula ordinaria neta a pagar.
- Cambio de institución académica: Si el estudiante desea cambiar el beneficio a otro programa académico, deberá presentar una solicitud mediante carta dirigida a la institución de educación superior y al Ministerio de Educación Nacional. Este cambio aplicará a partir del siguiente período académico. En cada cambio, se acumularán los períodos ya financiados, y a los períodos restantes a financiar se les descontarán aquellos ya cubiertos previamente.
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El programa Política de Gratuidad se rige por lo establecido en el Reglamento Operativo (versión Julio 2024), que define las condiciones específicas para acceder al beneficio.
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